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El TSJ catalán mantiene sus "reservas" a amnistiar la malversación pese a la sentencia del TJUE

elDiario.es · hace 2 h
El alto tribunal catalán rechaza retirar su cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo porque cree que no respondió si se pueden amnistiar los gastos del procés "como modalidad de corrupción"El TJUE avala la ley de amnistía como vía para la “reconciliación nacional”

Resolución relevante en el frente judicial de la amnistía. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha mantenido sus “reservas” sobre que el delito de malversación en el procés se pueda amnistiar y ha rechazado aplicar, por ahora, la ley de olvido penal a los excargos de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó.

Así lo defiende la Sala Civil y Penal del TSJC en un auto en el que rechaza la petición de la defensa de Jové de retirar la cuestión prejudicial que los magistrados también habían elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), y que está pendiente de resolución.

El TSJ catalán se mantiene así, junto al Supremo, la Audiencia Nacional y el Tribunal de Cuentas, como un tribunal renuente, cuando no contrario, a aplicar la amnistía, pese a la rotundidad de la sentencia del TJUE.

En julio, el tribunal de Luxemburgo avaló amnistiar a los exaltos cargos catalanes porque los fondos públicos destinados al procés no afectaron a los intereses financieros de la Unión. Lo hizo a partir de una cuestión prejudicial enviada por el Tribunal de Cuentas.

Con la respuesta clara y favorable a la amnistía del TJUE, la defensa de Jové pidió al TSJC retirar su cuestión prejudicial, toda vez que la duda del alto tribunal catalán sobre la malversación ya había quedado resuelta con la contestación al Tribunal de Cuentas y se trataban de casos análogos.

El tribunal del TSJC formado por su expresidente, Jesús María Barrientos, y los magistrados Carlos Ramos y Fernando Lacaba, ha rechazado la petición del dirigente independentista.

Según el tribunal, aunque la sentencia del TJUE de julio “ofreció respuesta” a algunas de sus dudas, no las contestó en su totalidad, ya que se trataba de una resolución sobre la responsabilidad contable investigada por el Tribunal de Cuentas y no por el delito de malversación del Código Penal.

Pese a versar sobre los mismos gastos del procés, la sentencia del TJUE “no alcanza a responder a todas las reservas” del TSJC sobre la aplicación de la amnistía, indican los jueces catalanes, por lo que procede mantener sus cuestiones prejudiciales.

La principal duda que, a juicio del TSJC, se mantiene, es el delito de malversación “como una modalidad de corrupción”, un tipo penal que el Supremo directamente se ha negado a amnistiar en el caso de Carles Puigdemont.
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