Las abogadas de las denunciantes de Julio Iglesias: "Ellas han pedido medidas de protección porque temen las represalias"
elDiario.es · hace 17 días
Tras el archivo de la Fiscalía, que no entró al fondo del asunto y consideró que España no es competente para investigar estos hechos, las extrabajadoras inician ahora una nueva vía en la Audiencia Nacional para buscar justicia: "Ni en República Dominicana ni en Bahamas existen las condiciones mínimas de seguridad"Las extrabajadoras que denunciaron a Julio Iglesias presentan una querella contra él en la Audiencia Nacional
El pasado jueves, la organización internacional Women's Link, en representación de las extrabajadoras de Julio Iglesias Laura y Rebeca, presentó una querella contra el cantante en la Audiencia Nacional por delitos laborales y sexuales. Tras el archivo de la Fiscalía en enero, que no entró al fondo del asunto y consideró que España no es competente para investigar estos hechos, las extrabajadoras inician ahora una nueva vía para buscar justicia.
La directora ejectiva de Women's Link, Jovana Ríos, y la abogada Clara Serra Bai, explican en qué consiste esta nueva acción judicial.
¿Por qué Women's Link, en representación de Laura y Rebeca, presenta ahora esta querella?
Rebeca y Laura solicitan a la justicia española y concretamente a la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia de la Audiencia Nacional que investigue y enjuicie hechos que describen en su querella y que habrían ocurrido en 2021 en residencias del cantante español Julio Iglesias, ubicadas en las Bahamas y en la República Dominicana. Ellas están presentando esta querella ahora porque el decreto de la Fiscalía que archivó su denuncia inicial solo estableció que la investigación no procedería. Sin embargo, ese mismo decreto también establece que esa decisión no tiene efectos de cosa juzgada, que en términos legales significa que no se han juzgado los hechos por un tribunal o tomado una decisión final, ni se ha resuelto sobre el fondo del asunto. Además, el decreto también menciona que Rebeca y Laura podrán reproducir su denuncia ante los órganos judiciales que correspondan. Eso es lo que ellas han elegido hacer ahora.
¿Hay alguna diferencia entre la querella que presentan ahora y la denuncia de enero ante la Fiscalía?
Esta acción legal es distinta a la presentada el 5 de enero de 2026 ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional. En esa ocasión, Rebeca y Laura solicitaban que fuera el Ministerio Fiscal español el que iniciara una investigación de los hechos denunciados. Lo que se presentó el jueves es una acción legal liderada por ellas, donde participarán activamente del procedimiento (podrán pedir diligencias, intervenir) pero también les permitirá acceder a medidas de protección específicas mientras son acompañadas en su búsqueda de justicia.
¿Cuál es el contenido de esta querella?
La querella sostiene que el querellado habría aprovechado la situación de vulnerabilidad de ambas mujeres para captarlas, trasladarlas y alojarlas bajo un clima de intimidación constante, con el propósito de imponerles condiciones laborales forzadas y degradantes, así como someterlas a acoso y agresiones sexuales continuas. Los hechos descritos por las querellantes podrían constituir delitos de trata de seres humanos con fines de imposición de trabajo forzado y servidumbre; delitos contra la libertad y la indemnidad sexual; lesiones; trato degradante; y delitos contra los derechos de las trabajadoras por la imposición de condiciones laborales abusivas.
Esta acción legal es distinta a la presentada el 5 de enero de 2026 ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional. en la que Rebeca y Laura solicitaban que el Ministerio Fiscal español iniciara una investigación. Esta es una acción legal liderada por ellas, donde participarán activamente del procedimiento
Los hechos denunciados también podrían constituir vulneraciones de derechos humanos recogidas en tratados internacionales ratificados por España tales como el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el Convenio para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), el Protocolo de Palermo, el Convenio de Varsovia de lucha contra la trata de personas, así como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y su Resolución 201.
¿Por qué incluyen ahora el delito de trato degradante que no estaba presente en la denuncia de enero?
Sin perjuicio de cualquier otra calificación jurídica que pudiera corresponder a juicio del órgano de instrucción, los testimonios de Rebeca y Laura incluidos en la querella describen humillaciones reiteradas y actuaciones vejatorias, abusando de una situación de superioridad y menoscabando la integridad moral, que podrían ser encuadrables en el delito de trato degradante previsto en el artículo 173.1 del Código Penal.
¿Por qué se optó entonces por esa vía, la de acudir a la